Durante la jornada del pasado martes fue publicada, en el Diario Oficial, la ley que consagra el derecho al olvido oncológico.
La nueva norma modifica la Ley Nacional del Cáncer, estipulando que "serán nulas aquellas cláusulas, estipulaciones, condiciones más onerosas, exclusiones, restricciones o discriminaciones de cualquiero otro tipo destinadas a quien haya sufrido una patología oncológica antes de la fecha de suscripcipon del contrato o egocio jurídico, cuando hayan transcurrido cinco años desde la finalización del tratamiento radical sin recaído posterior".