La Corte de Apelaciones de Valparaísodeclaró inadmisible un recurso de protección ingresado por un grupo de diputadas en contra del test de drogas que comenzó a aplicarse en la Cámara Baja el pasado 22 de agosto.
La acción judicial fue ingresada por las parlamentarias Marisela Santibáñez (Partido Comunista), Marcela Riquelme, Julia Lorena Fries y Clara Sagardía (Independientes ligadas al Frente Amplio) y Ana María Gazmuri (Acción Humanista).
En el texto, las legisladoras acusaban que la modificación reglamentaria que permitió la aplicación del examen afectó sus garantías constitucionales, entre ellas la integridad física y psíquica, la protección a la vida privada, a la honra y a los datos personales; y la ausencia de justificación constitucional objetiva y razonable para levantar dichos derechos.
También alegaban una vulneración a la Convención Americana de Derechos Humanos, además de otros vicios legales en la implementación del test.
Sin embargo, el tribunal de alzada respondió que “no se advierte en el recurso la existencia de hechos que puedan constituir una vulneración de garantías constitucionales (...) se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto”.
La Corte advirtió que "el Congreso Nacional detenta la autonomía y facultad privativa para dictar sus propias normas reglamentarias que regulen su organización y funcionamiento interno", además de considerar "la necesaria separación de poderes".
Según la norma, si el legislador se niega a hacer el examen, recibirá una sanción de parte de la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara Baja.
En el caso de los parlamentarios que den positivo, se darán a conocer sus nombres y deberán dar su autorización para el levantamiento de su secreto bancario. Si existe una transacción por sobre las 800 UF (casi $26.900.000), deberán justificar los montos y si no puede hacerlo, la información será derivada a la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara o al Ministerio Público.