El Gobierno publicó un documento en el que actualiza las definiciones de los distintos permisos de desplazamiento bajo el contexto del Plan Paso a Paso y que comenzará a regir a partir de las 05:00 de la madrugada de este miércoles 7 de abril.
Entre algunas de las principales actualizaciones se encuentran las definiciones y ejemplos de lo que se considera un bien esencial, además de que no se necesitan permisos especiales para vacunarse contra el COVID-19 ni la Influenza, junto con las disposiciones para el delivery.
¿Si me voy a vacunar contra la influenza necesito un permiso especial?
Según este instructivo, las personas que se vayan a vacunar contra la Influeza no necesitarán un permiso especial para este fin.
En ese sentido la autorización para las personas que se vacunen contra el coronavirus se extiende en los mismos términos para a las personas que acudan a vacunarse, en el marco de la Campaña de Vacunación contra la Influenza, según el calendario establecido por el Ministerio de Salud.
¿Cuáles son los términos de las personas que se vacunen contra el COVID-19?
Las personas que vayan a inocularse contra el COVID-19 y ahora en este caso, contra la influenza, podrán desplazarse hacia los locales destinados a la vacunación sin necesidad de solicitar permiso para ese fin.
Si en razón en razón de su avanzada edad, enfermedad o discapacidad, las personas que concurren a vacunarse, necesitan de un acompañante, éste último tampoco requerirá permiso de desplazamiento.
No obstante a ello, esta autorización nopermite, en comunas que se encuentren en cuarentena (Paso 1) o los fines de semana y festivos en comunas en transición (Paso 2), otras actividades distintas a acudir a los locales donde se efectúa la vacunación.
Asimismo, esta autorización no permite el paso a través de cordones sanitarios ni el desplazamiento interregional.
En esa misma línea, en ningún caso podrá desplazarse una persona que se encuentre en los registros de COVID-19 activos que mantiene la autoridad sanitaria, ni aquellas personas sujetas a medidas de aislamiento obligatorio.
¿Qué permisos deben solicitar los repartidores?
A partir de este miércoles comenzará a regir un nuevo permiso de desplazamiento que autoriza a los repartidores la distribución de alimentos, medicamentos y otro tipo de bienes esenciales de uso doméstico por medio de plataformas de delivery, y que deberá ser solicitado por Comisaría Virtual.
Este tipo de permiso tendrá las siguientes características:
- Vigencia por un sólo día hasta las 00:00 horas.
- La nómina de repartidores será contrastada con los registros de Covid-19 activos que mantiene la Autoridad Sanitaria. En consecuencia, no podrá ser obtenido por las personas que se encuentran en el registro antes mencionado como casos activos.
- Los repartidores deberán presentar este permiso junto con su cédula de identidad o pasaporte ante la autoridad fiscalizadora.
- En comunas en Paso 1 (Cuarentena) o en Paso 2 (Transición), durante los días sábado, domingo o festivos solo podrán ser despachados bienes esenciales.
- Se podrán despachar bienes no comprendidos en esta definición en comunas en estos pasos, siempre que la compraventa haya sido realizada antes de las 05.00 horas del lunes 5 de abril de 2021, lo que se certificará con la copia de la boleta de compra respectiva.
- No podrán realizarse retiros en tienda de bienes no comprendidos en esta definición, en comunas en Paso 1 o en comunas en Paso 2, los días sábado, domingo o festivos.
- Sin perjuicio de lo anterior, las transacciones de todo tipo de bienes, por medios electrónicos, podrán seguir realizándose.
- No obstante lo anterior, los emprendedores cuya labor se realice en su propio hogar, podrán despachar sus productos, utilizando los servicios de empresas de correos, sean éstas públicas o privadas, los que estarán sujetos a las reglas sanitarias especiales que determine la Autoridad Sanitaria para el cumplimiento de sus funciones.
¿Que ocurre con las pymes o emprendedores para realizar reparto de sus productos?
No obstante lo anterior, los emprendedores cuya labor se realice en su propio hogar, podrán despachar sus productos, utilizando los servicios de las empresas de correos.
Revisa el documento completo: