El Consejo de Defensa del Estado también hizo un balance de sus acciones judiciales con motivo de un año del estallido social y mencionó cerca de 400 acciones constitucionales –recursos de protección, de amparo y amparo económico– interpuestos ante distintas cortes del país.
En materia penal, y de acuerdo con sus competencias legales que lo habilitan a perseguir aquellos delitos cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, el CDE ha interpuesto 18 querellas en contra de aquellos efectivos policiales y militares que, de acuerdo al Ministerio Público, aparecen como responsables de graves vulneraciones a los derechos humanos.
Las querellas presentadas por el Consejo en este ámbito incluyen las acciones interpuestas en contra los responsables de los graves apremios cometidos en contra de Fabiola Campillai y Gustavo Gatica, así como los casos de Alex Núñez e Ignacio Grillé, entre otros sucesos.
Respecto de delitos cometidos en contra de bienes públicos, entre los que se cuentan monumentos nacionales, infraestructura perteneciente al Poder Judicial, recintos militares y comisarías, el CDE ha interpuesto hasta ahora 58 querellas, de las cuales, 17 se dirigen contra personas individualizadas. De ese grupo de acciones, 36 buscan identificar y condenar a quienes han atentado en contra de cuarteles y comisarías y otras doce a quienes han dañado monumentos nacionales.
CASO DE ESCOPETAS ANTIDISTURBIOS
En tanto, en el ámbito contencioso administrativo, el CDE ha intervenido en 382 acciones constitucionales mediante las cuales se ha intentado impugnar el ejercicio de las atribuciones y facultades de las autoridades y/u organismos públicos adoptadas para resguardar a la población, especialmente Carabineros y el uso de elementos disuasivos.
En ese sentido, el CDE recordó que la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó 14 recursos de protección que buscaban prohibir a Carabineros de Chile la utilización de escopetas antidisturbios en situaciones de agresión, como lo fueron los enfrentamientos ocurridos durante las movilizaciones sociales de fines de 2019.
En su sentencia, el tribunal no acogió las acciones constitucionales intentadas respecto de hechos de extrema sensibilidad para la ciudadanía, que –por ser de conocimiento de tribunales de instancia y en procesos de lato conocimiento– corresponde sean investigados y sancionados en sede penal.
El presidente del CDE, Juan Peribonio, destacó que “se trata de un fallo relevante que viene a asentar un criterio defendido por el CDE en estos casos, referido a la necesidad de proteger la potestad legal de Carabineros en el control del orden público, en situaciones de agresión que ponen en riesgo la vida e integridad física de los ciudadanos”.
Asimismo, Peribonio hizo hincapié en la importancia medular de evitar que se despoje a Carabineros de aquellos elementos menos letales que le permitan cumplir con la tarea que la ley le asigna como garantes de la paz social, habiéndose actualizado el protocolo sobre empleo de la escopeta antidisturbios mediante la Orden General N°2780, de 14 de julio pasado.
“Conforme con su mandato legal, y aun cuando se trata de situaciones de gravedad que están siendo investigadas, el CDE ha argumentado con éxito en estos casos los fundamentos de derecho que no hacen posible acoger estas acciones constitucionales, así como la importancia de no debilitar el ejercicio de la función de resguardo y control del orden público que debe cumplir Carabineros de Chile”, señaló Peribonio.