Esta tarde la mesa técnica del proceso constituyente logró llegar a acuerdo para avanzar en una nueva Constitución, según indicaron sus integrantes. El borrador consta de nueve páginas y será tramitado la próxima semana en comisión de Constitución y en la Cámara de Diputados.
Cabe recordar que las cuotas de género, los escaños reservados para pueblos originarios y la participación de independientes no formaron parte del acuerdo del 15 de noviembre.
En el documento se sumaron 13 artículos en los que se exponen los detalles del plebiscito de entradas y de salida; y la normativa de las convenciones.
LOS DETALLES DEL TEXTO
En el artículo 130 se expresa que "tres días después de la entrada en vigencia de este artículo, el Presidente de la República convocará mediante decreto supremo exento a un plebiscito nacional para el día 26 de abril de 2020". Habrá dos cédulas electorales: una para expresar si se quiere una nueva Carta Magna y la otra para determinar el mecanismo con el que se redactaría el nuevo texto fundamental.
Además, se sostiene que para aquel plebiscito se aplicarán las leyes orgánicas vigentes desde el 1 de enero de 2020 respecto a elecciones populares y escrutinios, sobre el sistema de inscripciones electorales del Servel y los partidos políticos.
Se establece además que "los canales de televisión de libre recepción deberán destinar gratuitamente 30 minutos diarios de sus transmisiones a propaganda electoral sobre este plebiscito, debiendo dar expresión a las dos opciones contempladas en cada cédula, conforme a un acuerdo que adoptará el Consejo Nacional de Televisión y que será publicado en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días contado desde la publicación de la convocatoria al plebiscito nacional, respetando una estricta igualdad de promoción de las opciones plebiscitadas".
Más adelante, se sostiene que el Tribunal Calificador de Elecciones tendrá 30 días contados desde el plebiscito de entrada para calificar los resultados. El resultado serán comunicados dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional. Si gana la opción de una nueva Constitución, el Mandatario deberá convocar mediante decreto supremo mixto, dentro de los cinco días siguientes a recibir la comunicación del Tricel, a elección de los miembros de la convención escogida.