PLAZOS LEGALES PARA LA PUBLICACIÓN DE ENCUESTAS
La razón detrás de la fecha de estas publicaciones tiene que ver con la normativa vigente en nuestro país, la cual establece que hasta el sábado 20 de agosto se podrán difundir resutlados de las encuestas de opinión pública.
De acuerdo con el Decreto con Fuerza de Ley 18.700 en su artículo 37, "sólo se podrá divulgar resultados de encuestas de opinión pública referidas a preferencias electorales hasta el décimo quinto día anterior al de la elección o plebiscito inclusive".
Es por ello que la publicación de esta clase de sondeos ligados a la votación del proceso eleccionario del 4 de septiembre, a partir de este domingo 21 de agosto, será ilegal.
SANCIONES
En caso de que medios difundan encuestas de opinión pública fuera del plazo establecido, se arriesgan a multas que van desde las 10 UTM ($58.772) hasta las 200 ( $11.754.400), según el artículo 136 del mismo Decreto con Fuerza de Ley
En ese sentido, la normativa sostiene que será el Servicio Electoral (Servel)quien fiscalice y controle el cumplimiento de la Ley, además de que sea este el que lleve a cabo los procedimientos administrativos en cuestión.
Desde el organismo indicaron además que también se pueden presentar denuncias ciudadanas a través de su página web http://denuncias.servel.cl/